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    LIGA DEPORTIVA – Se realizaba Asamblea Extraordinaria

    futbolSe realizo la Asamblea Extraordinaria en el ámbito de la Liga Deportiva de General Arenales a fin de abordar el último dictamen del Consejo Federal, donde lo ordenaba a la entidad disolver el actual Tribunal de Penas y conformar un nuevo órgano disciplinario subrogante a fin de acatar lo dispuesto por el CF de la AFA, de acuerdo a lo dispuesto en el expediente Nº 1064/10

    EXPEDIENTE Nº 1064/10

    Buenos Aires, 26 de octubre de 2010.-

    VISTO La nota presentada por la Liga de Fútbol de Gral. Arenales, adjuntando la resolución emanada del Tribunal de Penas de la Liga en el presente expediente, del que resulta y

    CONSIDERANDO 1°) Este Organo como Tribunal de Alzada y por Resolución del 19 de octubre pasado (B. O. 61/10 del 21/10/2010), decretó la nulidad del fallo dictado por el tribunal de pena de la liga y ordenó que se dictara

    nueva resolución con sujeción a la normativa vigente de conformidad a los artículos 1, 13, 14, 221 y concordantes del R.T.P. Para el dictado de la nueva resolución se le concedió un plazo de diez días corridos.

    La Liga de General Arenales acompaña un acta del tribunal a quo donde se deja constancia de la imposibilidad de dictar nuevo fallo, como fuera ordenado por este Tribunal, por entender que el fallo que oportunamente habían dictado se ajusta a derecho.

    2°) La decisión adoptada por este Tribunal, en su condición de alzada del Tribunal de Liga- Art. 60 del Reglamento del Consejo Federal debe ser necesariamente acatada. En ese entendimiento, va de suyo que la decisión emitida debe ser acatada y no cuestionada, como se evidencia del contenido improcedente de la Resolución que ese órgano dictara el día 25 de octubre de 2010.

    Sentado ello, surge con claridad que hubo un alzamiento del tribunal a quo contra lo resuelto, por lo cual debe separarse de la presente causa a los integrantes del Tribunal de la Liga de General Arenales que firman la resolución y ordenar al Presidente de la Liga que reemplace reglamentariamente a los integrantes del tribunal.

    El tribunal subrogante deberá dictar en un plazo de diez días corridos nuevo fallo, de acuerdo con lo dispuesto en la resolución del 19 de Octubre de 2010.

    3°) Recomendar a los dirigentes que adoptaron la decisión que ahora se trata que deberán ajustar su accionar a la normativa de la Asociación del Fútbol Argentino, para evitar aplicar la normativa del artículo 287 del R.T.P.-

    Por ello el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior

    RESUELVE

    1°) separar a los integrantes del tribunal de penas de la liga de General Arenales, por haberse alzado contra la resolución de este tribunal publicada en boletín oficial 61/10 del 21/10/2010.

    2°) ordenar al presidente de la liga de General Arenales que constituya un tribunal subrogante, de conformidad a lo que establece su estatuto; el tribunal deberá dictar nuevo fallo, con sujeción a lo resuelto por este órgano en la resolución de este tribunal (b. O. 61/10 del 21/10/2010), en el plazo de diez días corridos.

    3°) recomendar a los dirigentes firmantes de la resolución que se revoca, que ajusten su actuación a la normativa de la asociación del fútbol argentino para evitar aplicación de sanciones previstas en el art. 287 del r.t.p.

    4º) publíquese y notifíquese.

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