En el marco del Plan de Erradicación de la Fiebre Aftosa, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) realizó una jornada informativa para vacunadores acreditados, destinada a idóneos y veterinarios privados, con el fin de autorizar su actividad sanitaria en la próxima campaña de vacunación contra fiebre la aftosa y brucelosis.
El curso, organizado por la Coordinación Temática de Sanidad Animal del Centro Regional Buenos Aires Norte del Senasa, se llevó a cabo en las instalaciones de la sede regional del Organismo en Chivilcoy, provincia de Buenos Aires. Estuvieron presentes 43 médicos veterinarios e idóneos, provenientes de Bolivar, Capitán Sarmiento, Castelli, Daireaux, Dolores, Florencio Varela, Florentino Ameghino, General Alvear, General Arenales, General Villegas, La Plata, Luján, Mercedes, Pehuajó, Pergamino, Rivadavia, San Nicolás, San Pedro, Suipacha, Vedia y Zárate.
Todo vacunador (veterinario privado e idóneo) responsable de la aplicación de la vacuna antiaftosa y antibrucélica debe estar acreditado ante el Senasa y contar con la credencial habilitante, habiendo aprobado el curso correspondiente, como lo norma la Resolución 799/2006.
Nuevos requisitos para el movimiento de Bovinos y bubalinos
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), informa que a partir del 14 de marzo del corriente año, se pondrán en vigencia nuevos requisitos para tuberculosis y brucelosis en el movimiento de bovinos y bubalinos.
De esta manera la Resolución Senasa Nº 38 de 2015 establece que todos los machos enteros mayores a 6 meses y las hembras mayores a 18 meses que egresen de un establecimiento y se movilicen con destino distinto a faena, deberán contar con un certificado de negatividad a la prueba tuberculínica y de seronegatividad a la prueba de brucelosis, esta última realizada en un laboratorio de red.
Además la norma señala que los certificados serán otorgados por médico veterinario acreditado para estas enfermedades y tendrán una validez de sesenta (60) días desde su emisión.
Estos requisitos se aplicarán primero en las provincias de Buenos Aires (excepto el partido de Patagones), Córdoba, Entre Ríos, La Pampa, San Luis y Santa Fe. En el resto del país y hasta su incorporación a la norma solo se exigirán los certificados para los movimientos que se realicen hacia las provincias mencionadas. Dentro y entre las provincias no incluidas en la primera etapa, solo se exigirá el certificado de egreso para brucelosis a los animales con destino a reproducción.
Quedan exceptuados los animales: con destino a faena, con destino a establecimientos de engorde a corral, provenientes de establecimientos certificados como oficialmente libres de tuberculosis y brucelosis, movilizados en traslados trashumantes (invernada-veranada-invernada) de un establecimiento a otro; ambos pertenecientes a un mismo propietario o que arrojen resultados negativos durante el saneamiento y/o saneado de un establecimiento donde los protocolos de laboratorio y/o prueba de tuberculina hayan sido realizados con anterioridad al egreso, en un lapso que no supere los sesenta (60) días.
Es importante destacar que, de acuerdo a la Resolución Nº 128/2012, los productores que quieran trasladar bovinos de leche y animales para exposiciones, deberán presentar el certificado de negatividad a la prueba tuberculínica a partir de los 6 meses de edad.
A la hora de gestionar el trámite, el productor debe acercarse a la oficina del Senasa correspondiente a la jurisdicción del establecimiento y previamente a la emisión del Documento de Tránsito Electrónico (DT-e) con motivo distinto a faena, deberá presentar: certificados de egreso, protocolos de laboratorio para brucelosis y tuberculinizasiones, cuyas copias deberán quedar archivada en las oficinas de este Servicio Nacional.
A partir del 11 de agosto el médico veterinario acreditado podrá realizar este trámite por internet, mediante la modalidad de autogestión. Para ello, deberá ingresar al Sistema Integrado de Gestión de Sanidad Animal (Sigsa), a través de la página web habilitada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) (http://www.afip.gob.ar), utilizando la clave fiscal otorgada por dicho Organismo, y proceder al registro de los certificados de egreso, en forma previa a la emisión del DT-e con motivo destino de faena.
Ante cualquier duda comuníquese a la Oficina Senasa más próxima a su unidad productiva o a los teléfonos: (02346) 43-6271/72/73.