Se definieron quiénes pueden ser elegidos para integrar los jurados populares en la Provincia de Buenos Aires. En un sorteo realizado en el Instituto Provincial de Loterías y Casinos de La Plata salieron los números 143 y 740. Es decir, que los bonaerenses cuyo documento tenga esas terminaciones están en condiciones de ser elegidos.
Los números sortearon servirán para elegir jurados para los juicios que se realicen durante 2018 y en los que se deba decidir sobre delitos graves con penas superiores a los 15 años.
De acuerdo al sistema legal bonaerense el listado debe quedar conformado con una cantidad equivalente a un ciudadano por cada mil bonaerenses en condiciones de ser jurados y, en esta ocasión, tras el sorteo han sido abarcadas unas 12 mil personas.
- Ser jurado es una carga pública obligatoria
- Puede ser convocado como jurado cualquier ciudadano argentino que tenga entre 21 y 75 años, viva en la Provincia de Buenos Aires y comprenda el castellano.
- Quedan excluídos de ser jurados las personas que tengan responsabilidades públicas de relevancia (por ejemplo, gobernadores, intendentes, funcionarios políticos o del Poder Judicial), abogados, escribanos, miembros de las fuerzas de seguridad en actividad o retirados.
- También, quedan eximidos los que tengan alguna enfermedad física o psíquica que les impida ejercer la función.
- Un ciudadano que ha sido sorteado para integrar el listado anual de jurados no necesariamente llegará a desempeñarse como tal, antes bien esa persona sería un jurado potencial o candidato preseleccionado.
- El Ministerio de Justicia enviará una carta por correo a los preseleccionados con una declaración jurada destinada a certificar si reúnen o no las condiciones para ser jurados. Es obligatorio completar la declaración y mandarla por correo al Ministerio de Justicia. El trámite es gratuito.
- Antes de la realización de un juicio, el departamento judicial pertinente efectuará un nuevo sorteo. Cuando sortean a una persona para actuar en un juicio le llegará una citación a su domicilio con los datos necesarios para que pueda asistir a la audiencia de selección de jurados. Para cada juicio por jurado se sortean 48 personas.
- Audiencia de selección de jurados: de los 48 convocados se aparta a los ciudadanos que tengan algún impedimento o que sean recusados por la fiscalía y/o la defensa. Sólo llegarán a desempeñarse como jurados quienes hayan quedado seleccionados durante el transcurso de esta audiencia.
- El jurado definitivo se integrará con 12 titulares y seis suplentes (hombres y mujeres en partes iguales).
- Las personas que fueron citadas, pero no seleccionadas podrán ser convocadas para un nuevo juicio.
- Quienes lleguen a actuar como jurados no podrán ser convocados nuevamente por el término de tres años.
- Esta carga pública es remunerada. Quienes trabajan en relación de dependencia no cobran esta remuneración, pero el empleador deberá pagar el salario como si hubiese trabajado normalmente.
- Los gastos de transporte y comida los cubre el tribunal.
- Las faltas al trabajo, facultad o cualquier otra institución se justifican por medio de las citaciones recibidas y las certificaciones de asistencias expedidas por el tribunal.
- Los jurados no deberán interpretar la ley sino determinar los hechos del caso tras valorar las pruebas del debate de acuerdo a la experiencia y al sentido común. Solamente deberán determinar si el acusado es culpable o no del hecho que se le imputa.

