Último año de la escuela, llega el tan ansiado, por la mayoría, viaje a Bariloche. Entonces comienzan las dudas… ¿Qué empresa contratar?, ¿Qué día viajar? ¿Por cuánto tiempo? ¿De qué forma conseguir el dinero?, pero nadie se pregunta cuáles son los requisitos que deben cumplir las empresas de turismo estudiantil para vendernos ese anhelado viaje…
En primer lugar, las agencias de viajes de egresados, deben estar autorizadas, contando con licencia habilitante y un certificado nacional especial, para brindar los servicios.
Los hoteles y restaurantes a que concurran los alumnos deben estar autorizados por el municipio correspondiente y el transporte debe contar con habilitación de la CNRT.
De suma importancia es la llamada “cuota cero”, que es el primer pago del viaje, el cual va a integrar un fideicomiso (Fondo de Turismo Estudiantil). En caso de que la agencia, por alguna circunstancia, no pueda cumplir con el viaje previsto, el fideicomiso se hará cargo del mismo. La falta de pago del aporte mencionado, exime al fiduciario de su obligación de responder frente al usuario ante el incumplimiento contractual del agente de viajes. Es por ese motivo que siempre se debe exigir la cuota cero.
Con respecto al cuerpo de los contratos, básicamente deben incluir:
– La fecha de salida perfectamente detallada, con año, mes, día, quincena; por lo que no es conveniente que se utilicen términos como “fecha tentativa o provisoria”.
– La individualización del hotel, con su nombre, categoría y ubicación. Es aconsejable elegir un hotel principal y uno en forma alternativa. Éste último será de igual o superior categoría que el primero, NUNCA inferior. Tampoco se debe aceptar la leyenda “u otro similar”, cuando el contrato se refiere a la calidad del hotel.
– El lugar en que se van a realizar las comidas y los horarios de las mismas.
– El nombre de la empresa que transportará a los chicos, y que realizará las excursiones, con las características de los ómnibus.
– La empresa que cumplirá con las prestaciones médicas en caso de algún accidente o enfermedad (seguros médicos y de asistencia al viajero), con los alcances de la cobertura.
– Dejar establecido que la empresa se responsabiliza a no cobrar ningún gasto extra a los detallados, que signifiquen una erogación extra por parte de los egresados.
Con respecto a los coordinadores, la empresa debe contar con uno por cada treinta y cinco estudiantes. Los mismos deben ser mayores de edad, contar con estudios secundarios completos, sin antecedentes criminales y haber aprobado los cursos de capacitación obligatorios que brinda la Secretaría de Turismo.
También es para destacar que jamás se debe aceptar algo en forma verbal. Las promesas no tienen validez, por lo que todo debe constar por escrito en el contrato.
En caso de que la empresa no cumpla con el contrato firmado, cabe realizar la denuncia correspondiente ante la Secretaría de Turismo, las Oficinas de Defensa del Consumidor municipales (OMIC local) ó iniciar las correspondientes acciones judiciales ante el juzgado competente.-
Escribe:
Dr. Guillermo Tapia – Abogado –
MSN: gmotapia2001@hotmail.com
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